DERECHOS DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
Cuando se aborda la temática de la infancia y sus derechos, se hace siempre y en primer lugar expresa mención del "interés superior del niño", como principio que deberá regir en todas las intervenciones, decisiones y demás acciones que se realicen dirigidas a cualquier aspecto de la vida de los niños, niñas y adolescentes.
Las acciones que se corresponden con el interés superior del niño, serán aquellas que tiendan a favorecer su pleno desarrollo físico, psicológico, evolutivo, cultural, moral, espiritual y social, para lograr el desenvolvimiento de sus potencialidades y el despliegue integral y armónico de su personalidad (Art. 3º - Convención Derechos del Niño).
El Estado deberá asegurar prioritariamente la realización de los derechos de la niñez, garantizando:
El respeto del principio de no discriminación
El interés superior de los niños, niñas y adolescentes
El derecho a la vida
La supervivencia y el desarrollo
El derecho de expresar su opinión libremente en todos los asuntos que le afecten
La familia y la comunidad serán reconocidas como el núcleo primordial en la defensa, promoción y protección de los derechos de los niños, niñas y adolescentes
El derecho a la identidad, al nombre y a la nacionalidad
La seguridad e integridad
La salud
La seguridad social
Un nivel de vida adecuado
Alimentación
Educación
Descanso, recreación y deporte
Formación laboral
