Economía y Negocios

Declaración Jurada por Internet

En qué consiste

Las DDJJ mensuales y rectificativas de Comercio, Industria y Servicios a partir del periodo enero del 2007.

Cómo se hace

Debe ingresar al sitio web de la Municipalidad de Río Cuarto, a través de su acceso directo desde portada (“Declaración Jurada por Internet”), o a través de la Guía de Trámites, en el trámite denominado “Declaración Jurada por Internet”, en el vínculo “Trámite On Line”.

 A partir del día miércoles 10 de octubre de 2007 el acceso al sistema de Declaración Jurada por Internet de la Municipalidad de Río Cuarto se hará a través de la Clave Fiscal obtenida ante la AFIP.

El proceso de acceso se hará dentro de los parámetros establecidos para todos los sistemas dentro de ese marco, como un nuevo servicio a través del administrador de relaciones – el servicio estará denominado DDJJ Municipalidad de Río Cuarto - , lo que permitirá una mayor seguridad en la presentación individual o a través de personas delegadas de la Declaración Jurada mensual.

En forma paralela, durante los primeros meses de uso, y hasta que todos los contribuyentes estén enmarcados dentro de esta metodología, la Municipalidad ofrecerá la posibilidad de realizar el trámite a través de las terminales de atención en la Subdirección de Comercio, Industria y Servicios (Constitucion 988) con su CUIT.

Ver en "Archivos Relacionados al Trámite":
- Instructivo Detallado del trámite
- Documentación AFIP

Cuánto vale

El trámite no tiene costo.
Quién puede/debe efectuarlo

La presentación de DDJJ por Internet es obligatoria sólo para los contribuyentes que tributen por régimen general. No incluye contribuyentes del régimen de contribución fija.
De qué organismo depende

Dirección General de Recursos
Dónde se puede realizar

Oficina de Comercio, Industria y Servicios
Constitucion 988
0358-4671161-179
De 7:30 a 15
Que vigencia tiene el documento tramitado

La vigencia del comprobante de pago es hasta el día seleccionado como fecha de pago.
Archivos relacionados al tramite
AFIP - Resolución 2239/2007
AFIP - Instructivo de Administrador de Relaciones
DDJJ Web - Instructivo Detallado

Fecha de última actualizacion: 26/10/2009
Información suministrada por: Subdirección de Comercio, Industrias y Empresas de Servicios